El
Juzgado Segundo de Primera Instancia en los Civil, Mercantil, Tránsito y
Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
mediante BOLETA DE NOTIFICACIÓN,
NOTIFICÓ al Presidente del ILUSTRE
CONSEJO KADOSCH CARACAS N° 1, RAMON E.
DEBRO, CI N° 5.967.302 para que dentro de las 96 horas siguientes a que
conste en Autos la practica de la ultima de las notificaciones, para comparecer
a la Audiencia Oral y Pública y Exponga los argumentos del incumplimiento del
Amparo Constitucional incoado por el ciudadano Sixto López, ASUNTO: AP11-O-2017-000017.
Como es del conocimiento de los QQHH, en
fecha 9 de junio de 2017 EL JUZGADO SUPERIOR QUINTO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ACTUANDO
EN SEDE CONSTITUCIONAL sentencio CON LUGAR, la acción de amparo constitucional,
interpuesta por el ciudadano SIXTO OSWALDO LÓPEZ GONZÁLEZ,
asistido por el abogado ANÍBAL CUERVO,
inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.309, en contra del TRIBUNAL DE SEGUNDA
INSTANCIA DEL ILUSTRE CONSEJO KADOSCH CARACAS Nro. 1, por la presunta violación
a sus derechos y garantías constitucionales, contenidos en los artículos 26, 49
ordinal 1°, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia
con el artículo 3 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
En consecuencia, se anula la decisión emanada del Tribunal de Segunda Instancia
del ILUSTRE CONSEJO KADOSCH CARACAS Nº 1, del Cuerpo Masónico, publicada el día
nueve (9) de junio de dos mil dieciséis (2016); lo que deja incólume la
situación del quejoso antes de la proscrita decisión
anulada.
Por la naturaleza de la presente
decisión, hay expresa condenatoria en constas en contra de los accionados. -