Ha sido una constante en casi todos los foros virtuales de la Orden el tema de cómo serán las Tenidas luego de la Pandemia. Bueno, se empieza ver la luz al final del túnel.
La Gran Logia de los AA, LL y AA Masones del Perú ( http://www.granlogiaregulardelperu.org/)) acaba de emitir el Decreto 138-003 GLP a través del cual se autoriza las reuniones virtuales de las Logia.
Entre otras cosas indica el Decreto:
- Autorizase a los VV.·.MM.·. de las RR.·.LL.·.SS.·. de la jurisdicción de la Gran Logia del
Perú, a realizar Reuniones Virtuales que serán presididas por los VV.·. MM.·., se realizaran en
el día y hora de sus Trabajos presenciales, con la finalidad de continuar desarrollando nuestra
Docencia y nuestro proceso de evolución, teniendo en cuenta que en las reuniones no estamos
a cubierto se tomaran las medidas necesarias para salvaguardar nuestros usos y costumbres,
se realizará de la siguiente forma:
1. En las Reuniones Virtuales las claves de ingreso no deberán tener la edad del grado,
palabras de pase o sagrada.
2. Al exponerse los Trabajos y Trazados no se realizaran signos de identificación, no se
mencionaran la edad de los grados, palabras de pase y sagrada, juramentos ni otro
elemento que forma parte de exclusividad de los secretos masónicos.
3. En sus domicilios se utilizara una habitación en la cual no tengan ninguna interrupción,
en caso contrario se utilizaran audífonos a fin de evitar que el entorno familiar escuche
lo tratado.
4. La asistencia será obligatoria a los HH.·. Regulares Activos y en Doble Membresía de
la Logia, el H.·. Secretario redactara el Acta de la Reunión Virtual y registrara la
asistencia, el Acta deberá ser distribuida por medio del correo electrónico.
5. En la toma de decisiones, se deberá seguir los patrones normales, resguardando el
grado de los asistentes.
6. En salvaguarda de violaciones de confiabilidad en las comunicaciones por plataformas
digitales de videoconferencias, no se deberá grabar la reunión.
La Gran Logia de los AA, LL y AA Masones del Perú ( http://www.granlogiaregulardelperu.org/)) acaba de emitir el Decreto 138-003 GLP a través del cual se autoriza las reuniones virtuales de las Logia.
Entre otras cosas indica el Decreto:
- Autorizase a los VV.·.MM.·. de las RR.·.LL.·.SS.·. de la jurisdicción de la Gran Logia del
Perú, a realizar Reuniones Virtuales que serán presididas por los VV.·. MM.·., se realizaran en
el día y hora de sus Trabajos presenciales, con la finalidad de continuar desarrollando nuestra
Docencia y nuestro proceso de evolución, teniendo en cuenta que en las reuniones no estamos
a cubierto se tomaran las medidas necesarias para salvaguardar nuestros usos y costumbres,
se realizará de la siguiente forma:
1. En las Reuniones Virtuales las claves de ingreso no deberán tener la edad del grado,
palabras de pase o sagrada.
2. Al exponerse los Trabajos y Trazados no se realizaran signos de identificación, no se
mencionaran la edad de los grados, palabras de pase y sagrada, juramentos ni otro
elemento que forma parte de exclusividad de los secretos masónicos.
3. En sus domicilios se utilizara una habitación en la cual no tengan ninguna interrupción,
en caso contrario se utilizaran audífonos a fin de evitar que el entorno familiar escuche
lo tratado.
4. La asistencia será obligatoria a los HH.·. Regulares Activos y en Doble Membresía de
la Logia, el H.·. Secretario redactara el Acta de la Reunión Virtual y registrara la
asistencia, el Acta deberá ser distribuida por medio del correo electrónico.
5. En la toma de decisiones, se deberá seguir los patrones normales, resguardando el
grado de los asistentes.
6. En salvaguarda de violaciones de confiabilidad en las comunicaciones por plataformas
digitales de videoconferencias, no se deberá grabar la reunión.
Adjunto el Decreto Completo.
Buena iniciativa de las grandes autoridades masónicas del Perú.
En hora buena !!!
Buena iniciativa de las grandes autoridades masónicas del Perú.
En hora buena !!!
https://www.urijijami.com/stories/5ee79d73a0a894627f75398d
No hay comentarios:
Publicar un comentario